Creación
Somos una institución de unión profesional formada bajo el sabio principio «multi-matricular» donde participan y la administran profesionales de varias ramas eminentemente técnicas por excelencia donde confluyen aquellos que fueron formados en las ciencias de:
La Agrimensura
La Arquitectura
La Ingeniería en todas sus ramas, Civil, todas las especialidades de la Industria, Mecánica, Química, Electricidad, etc a excepción de la Agronomía.
Las Tecnicaturas aglutinando a las egresados de las históricas Escuelas Técnicas y las actuales muy diversas formaciones que estos tiempos requieren.
Sabido es que entre todas esta matrículas (profesiones y tecnicaturas) existen ámbitos de incumbencias en común, intersecciones de actuación y complementación profesional entre dos o más matrículas en muchísimos casos, pues bien nada mejor que la verdadera «unión profesional» se realice en un marco de administración en común atendiendo nuestras similitudes y respetando las diferencias reservadas, estableciendo un ámbito de intercambio y tratamiento de todos estos temas que regulan actividades muy importantes del quehacer del mercado laboral, las inversiones, la economía y el bienestar general evitando la sobre imposición de obligaciones para el público en relación a un modelo donde cada matrícula (profesiones y tecnicaturas) actuarían por separado.
El C.P.I.AyA actúa en defensa de los intereses y la jerarquización de todos sus matriculados en general.
El Estado Provincial constituyó en 1957 el Consejo Profesional de la Ingeniería, Arquitectura y Agrimensura de la Provincia de Corrientes, por Decreto Ley Nº 3268/57 y Modif. 44/58.
El Decreto Ley Nº 3268 establece en su Art. 3º que para ejercer la profesión de Ingeniero, Arquitecto, Agrimensor o Técnico se requiere el Título habilitante y estar inscripto en la matrícula anual a cargo del Consejo Profesional.
Integración
Gobierno
Directorio de ocho miembros titulares y cuatro suplentes
Departamentos
- De Agrimensura
- De Urbanismo
- De Construcciones
- De Industrias
Jurado de ética
Cuatro profesionales titulares y cuatro suplentes, uno por cada matrícula.
Elecciones
La elección de consejeros que forman los distintos departamentos y el Directorio se realiza en forma bi-anual por el voto directo y secreto de los matriculados. Está establecido un sistema de alternancia y frecuencia en todos los cargos electivos para que la administración y gobierno de esta institución sea siempre compartida evitando la supremacía de cualquier matrícula sobre el resto. Es un sistema con exige alguna complejidad pero de una profunda concepción democrática
Comisiones internas
El Consejo cuenta con el asesoramiento de comisiones Internas de estudio creadas para tal fin. Las mismas analizan y se expiden sobre temas de su especialidad asesorando al Directorio de este Consejo para la toma de decisisones.
Atribuciones
Llevar los registros de matrícula.
- Estudiar el «alcance de los títulos» de sus matriculados registrándolos debidamente, aclarando que el C.P.I.A y A «no otorga incumbencias», estas son facultades indelegables de las instituciones de formación (Universidades, Institutos, Escuelas Técnicas) que hayan homologado las mismas ante el Ministerio de Educación de la Nación.
- Dictaminar por orden judicial o a solicitud de autoridad competente, sobre asuntos relacionados con el ejercicio profesional y la aplicación de la Ley de Aranceles, pudiendo actuar en este último caso y a pedido de parte como árbitro o amigable componedor.
- Defender los derechos e intereses de los profesionales matriculados.
- Intervenir por medio de delegados o representantes en organismos que creen los municipios, organismos del estado provincial y nacional, instituciones profesionales gremiales, instituciones académicas y científicas o culturales que tengan alguna relación con las actividades del Consejo y sus matriculados.
- Propender a la jerarquización de las actividades de los matriculados en su jurisdicción, velar por el decoro y el cumplimiento de la ética profesional, promover la solidaridad profesional intelectual.
- Estimular el desarrollo de la técnica y de la ciencia aplicada a la actividad profesional de sus matriculados en todos sus aspectos.
- Realizar acción gremial a favor de sus matriculados.
- Propender al establecimiento del régimen de previsión social.
Funcionamiento
El Consejo no recibe aporte estatal alguno y costea sus gastos de funcionamiento operativo mediante:
- Derechos de inscripción en las matriculas o registros que llevare.
- Cuotas o aportes de sus asociados.
- Participación de los honorarios profesionales de sus matriculados o registrados.
- Multas que se imponga a sus matriculados o registrados, de acuerdo con este decreto ley.
- Cualquier otra clase de recursos que aunque no estuviesen específicamente determinados, fueran creados por leyes, decretos, estatutos, reglamentos o resoluciones de autoridades nacionales, provinciales, municipales o comunales, o de instituciones publicas o privadas, como así mismo por resoluciones de Directorio o Asamblea de asociados.